Términos y condiciones

Junio 2023

Artículo 1. Objeto del acuerdo

1.1 El objeto del presente Acuerdo es regular la relación jurídica entre las partes relativa a los servicios que El Colegio contrata de Snappet. Snappet presta los servicios detallados en cada momento en su página web (https://es.snappet.org) y que se describen de forma global como sigue:

a) el acceso y el uso de la plataforma Snappet, donde se alojan los contenidos educativos, y de la aplicación online Snappet (software), para lo que Snappet proporciona a El Colegio una licencia de uso;

b) si así lo solicita El Colegio, el préstamo de los dispositivos electrónicos con los accesorios necesarios para su funcionamiento (hardware).

1.2 El Colegio escoge mediante el formulario de pedido web los servicios que desea contratar, aceptando con ello expresamente lo dispuesto en el presente Acuerdo. El Acuerdo es de duración indefinida, tal y como se detalla en el Artículo 8, y en ese periodo Snappet prestará los servicios tal y como se describe en el presente Acuerdo, debiendo pagar El Colegio el precio detallado en el Artículo 6.

1.3 Son ajenas al presente Acuerdo otras posibles suscripciones de, por ejemplo, software relativo a contenidos educativos que El Colegio pueda tener contratado con terceros.

Artículo 2. Acceso a la plataforma y a la aplicación de Snappet. Licencia de uso

2.1 Durante el plazo de vigencia de este Acuerdo, El Colegio tendrá acceso a la plataforma de Snappet, donde se encuentran alojados los contenidos educativos, y a la aplicación de Snappet, denominados conjuntamente «software de Snappet». El Colegio dará de alta los docentes y alumnos (en adelante, «Usuarios») que tendrán acceso a la plataforma y a la aplicación de Snappet por medio de cuentas de acceso desde dispositivos electrónicos que cumplan con los requisitos técnicos referidos en el Artículo 3, sirviéndose de una conexión a internet.

2.2 Una vez accedida a la plataforma de Snappet, los Usuarios tendrán acceso a los contenidos educativos, actividades de aprendizaje y otros elementos educativos disponibles. Los docentes, tendrán acceso al Cuadro de mando del Profesor (dashboard) con el que -entre otros- se pueden ver resultados de aprendizaje y se puede asignar el contenido docente individualizado para los alumnos.

2.3 El Colegio garantiza el uso diligente por parte de los Usuarios de la plataforma de Snappet y de la aplicación de Snappet, siendo El Colegio responsable de cualquier uso dado al software de Snappet mediante las credenciales de El Colegio o de sus Usuarios. El Colegio acepta mantener la confidencialidad de las cuentas y contraseñas necesarias para acceder al software de Snappet .

2.4 El software de Snappet utiliza un modelo de distribución de «Software como un servicio» (en inglés, software as a service, SaaS). Es decir, el software no se almacena en el servidor de El Colegio, sino que está alojado en la nube. Snappet concede a El Colegio una licencia de uso no exclusiva e intransferible a terceros del software de Snappet, permitiéndose únicamente que El Colegio sublicencie gratuitamente su licencia a los Usuarios que haya dado de alta, según los detalles especificados en el formulario de pedido web. La duración de la licencia de El Colegio y de las sublicencias de los Usuarios es la que corresponde a la vigencia del presente Acuerdo.

2.5 Salvando lo dispuesto en el apartado anterior, no está permitido que El Colegio venda, revenda, sublicencie, arriende o distribuya los servicios contratados de Snappet.

Artículo 3. Requisitos de sistema e incidencias

3.1 Para la correcta prestación de los servicios de Snappet, El Colegio deberá atender a los requisitos de sistema que se detallan en el Anexo A del presente Acuerdo («Especificaciones técnicas de uso de Snappet»), donde se detallan las instrucciones que se deben cumplir con relación a la red y los sistemas empleados para- el buen uso de la plataforma de Snappet y la aplicación de Snappet. El Colegio es responsable de tomar las medidas necesarias para disponer de los requisitos de sistema.

3.2 Snappet procurará que la plataforma de Snappet y la aplicación de Snappet estén operativas y en buen funcionamiento. Sin embargo, Snappet no puede garantizar la ausencia de fallos técnicos. Snappet se compromete frente a El Colegio a responder de forma diligente respecto a posibles fallos técnicos. El Colegio se compromete a comunicar a Snappet las incidencias tan pronto como tenga conocimiento de ellas y acepta expresamente que para algunas soluciones pueda requerirse la interrupción temporal, total o parcial, del acceso y uso de los servicios de Snappet, sin que esto se entienda como incumplimiento contractual.

3.3 Los fallos o incidencias técnicas no darán derecho a descuentos o aplazamientos de pago, salvo que el origen de la incidencia se deba a cuestiones por las que deba responder Snappet y no emprenda las acciones necesarias para solucionarlos en un tiempo razonable desde la comunicación de la incidencia.

Artículo 4. Propiedad intelectual

4.1 Snappet declara y garantiza a El Colegio que los contenidos de Snappet no vulneran derechos de autor de terceros y que han sido creados por encargo de Snappet. Snappet responderá frente a El Colegio por las reclamaciones que este último pueda recibir a causa de posibles vulneraciones de derechos de autor por parte de Snappet. Si un tercero reclama frente a El Colegio por una vulneración de derechos de autor, El Colegio lo comunicará a Snappet de inmediato.

4.2 El Colegio reconoce los derechos de Propiedad Intelectual de Snappet sobre los softwares y contenidos objeto del presente Acuerdo. El Colegio no alterará ni intentará alterar en modo alguno el software de la plataforma de Snappet y de la aplicación de Snappet o incurrirá en cualquier otra forma de vulneración de los derechos de Snappet, ni permitirá o dará acceso a terceros para que lo hagan.

Artículo 5. Cuando sea de aplicación: préstamo de dispositivos electrónicos

5.1 En función de los servicios encargados, El Colegio podrá obtener en préstamo de Snappet dispositivos electrónicos con los accesorios que sean necesarios para su funcionamiento (hardware). El número de dispositivos con sus accesorios prestados puede variar a lo largo de la duración del Acuerdo. Las partes archivarán en su administración copia de la correspondencia relativa a los dispositivos prestados por El Colegio.

5.2 El Colegio dispone de un plazo máximo de 14 días desde la recepción de los dispositivos y sus accesorios (hardware) para comunicar posibles incidencias, disconformidades o defectos respecto a ellos. Transcurrido ese plazo, se entenderá que Snappet ha entregado el número de dispositivos solicitado y en las condiciones pactadas.

5.3 Snappet continuará siendo el propietario de los dispositivos y sus accesorios. El Colegio no está, por tanto, facultado para vender, ceder el uso a terceros o gravar a favor de terceros los dispositivos de Snappet.

5.4 El Colegio garantiza el uso diligente y responsable por parte de los Usuarios de los dispositivos electrónicos con los accesorios (hardware) que Snappet le haya prestado. El Colegio velará por que los Usuarios se abstengan de alterar los dispositivos y sus accesorios o de llevarlos a talleres de reparación por su cuenta, de manera que, en caso de estar cubiertos por garantía de fábrica, ésta quede preservada.

5.5 Snappet garantiza que El Colegio tendrá a su disposición dispositivos con sus accesorios (hardware) operativos. Esto significa que Snappet reparará o reemplazará los dispositivos que no funcionen o que no funcionen correctamente a causa de fallos técnicos, fallos de producción o del desgaste. También podrá solicitar El Colegio el reemplazo de dispositivos en caso de sustracción, robo o pérdida de dispositivos. El Colegio deberá comunicar a Snappet tales incidencias, comprometiéndose Snappet a reparar o reemplazar los dispositivos afectados lo antes posible, tratando de solucionarlo dentro del plazo de 14 días (sin contar días festivos o vacaciones escolares) desde la comunicación. Si Snappet reemplaza dispositivos antiguos, El Colegio está obligado a devolver los dispositivos antiguos a Snappet.

5.6 El Colegio únicamente deberá abonar a Snappet gastos por la reparación y/o el reemplazo si resulta que la causa de las incidencias es una causa por la que deba responder El Colegio como, por ejemplo, por uso indebido, daños por agua, pérdida, robo o sustracción. El importe que abonar en tales supuestos se detalla en el Artículo 6.

5.7 El Colegio deberá devolver a Snappet al terminar la vigencia del Acuerdo todos los dispositivos con sus accesorios que le hayan sido entregados en buen estado. Si El Colegio devuelve los dispositivos con daños diferentes a fallos técnicos o de producción o los propios del desgaste, que se deban, por ejemplo, a uso indebido o daños por agua o no devuelve todos los dispositivos, deberá abonar a Snappet el importe detallado en el Artículo 6

Artículo 6. Precios

6.1 El Colegio pagará una cuota por curso escolar completo a Snappet que se cobrará anticipadamente de acuerdo con la tabla de precios disponible en la página web de Snappet (https://es.snappet.org/pdf/Precios_Snappet.pdf), donde también se relacionan los importes referidos en los apartados 5.6 y 5.7. Todos los importes mencionados en la página web incluyen I.V.A.o IGIC La cuota por curso escolar incluye una contraprestación por gastos de activación y una contraprestación por licencia de uso.

6.2 Snappet se reserva la facultad de modificar la tabla de precios anualmente, previamente al inicio del curso escolar. En caso de modificaciones de precios Snappet las publicará a más tardar el 1 de junio previo al inicio del curso escolar en su página web. Si El Colegio no acepta estas modificaciones de precios, podrá terminar el presente Acuerdo en virtud del Artículo 8.

6.3 El Colegio puede contratar en cualquier momento durante la vigencia del presente Acuerdo paquetes adicionales y/o mejoras a un paquete más extenso.

Artículo 7. Facturación, plazo de pago y gastos de demora

7.1 Snappet emitirá la factura correspondiente a los servicios prestados. En la factura se expresarán los datos necesarios para realizar el pago así como el plazo de vencimiento pactado entre las partes. Las disconformidades manifestadas respecto de las facturas de Snappet no interrumpen el plazo para su pago.

7.2 Salvo que se pacte lo contrario en este Acuerdo, no se permite la compensación o el aplazamiento respecto a obligaciones de pago de El Colegio.

7.3 Para el caso que El Colegio se demore en el pago o incumpla sus obligaciones de pago, deberá indemnizar a Snappet los gastos razonables en los que haya tenido que incurrir para la reclamación de dichas cuantías. Los pagos recibidos se descontarán en primer lugar de tales gastos, a continuación de posibles intereses y finalmente del principal de la deuda.

Artículo 8. Duración del Acuerdo y preaviso para su terminación

8.1 El presente Acuerdo es de duración indefinida. Las partes tendrán siempre la facultad de rescindir el Acuerdo a la finalización de cada curso escolar, debiendo comunicar su voluntad de rescisión por carta o por e-mail de forma que la comunicación se reciba por la otra parte con anterioridad al 1 de julio de cada nuevo año escolar.

8.2 Respecto a los datos a los que haya podido tener acceso Snappet en el marco de su prestación de servicios, a la terminación del Acuerdo Snappet preguntará a El Colegio de qué forma (formato/soporte) desea que le sean devueltos gratuitamente los datos personales de los que pueda disponer. Si El Colegio no contesta en el plazo de 12 meses, los datos personales serán borrados del sistema de Snappet sin mediar más comunicaciones al respecto.

Artículo 9. Incumplimiento contractual, resolución y terminación anticipada del Acuerdo

9.1 Las meras demoras en el cumplimiento de obligaciones no se entenderán como incumplimientos contractuales, debiendo la contraparte contractual requerir previamente por escrito el cumplimiento de la obligación en un plazo razonable.

9.2 Snappet se reserva la facultad de suspender temporalmente el acceso a la plataforma de Snappet a El Colegio y los Usuarios que éste haya dado de alta en caso de retraso en el pago que no se haya subsanado por El Colegio al ser requerido al efecto hasta que El Colegio pague total de las cantidades adeudadas. Esta facultad de suspender temporalmente el acceso no supondrá un incumplimiento de las obligaciones de Snappet y no impedirá que se sigan devengando los derechos económicos pactados en el presente Acuerdo en su favor.

9.3 En caso de entrar cualquiera de las partes en liquidación o en situación concursal o se extinga su personalidad jurídica, la contraparte contractual podrá resolver el Acuerdo de forma inmediata.

9.4 Snappet está facultada a resolver el Acuerdo si se dan circunstancias que impliquen que el cumplimiento de lo pactado ha devenido imposible, si se dan causas de fuerza mayor o el mantenimiento del Acuerdo invariado ha devenido desproporcionado para Snappet. Snappet no deberá responder por los daños relacionados con estas circunstancias.

Artículo 10. Responsabilidad

10.1 Snappet no se hace responsable de daños a personas o bienes que se padezcan El Colegio o sus empleados o alumnos a causa del uso o instalación de los productos o servicios prestados, salvo que se dé culpa o negligencia por parte de Snappet. Snappet no se hace responsable de daños indirectos.

10.2 La responsabilidad de Snappet se limita en cualquier caso al importe abonado por El Colegio en el mes en el que se haya producido el daño por el que Snappet tuviera que responder o -en caso de tener Snappet un seguro que cubra ese daño- al importe que, en su caso, la aseguradora abone.

Artículo 11. Confidencialidad y protección de datos de carácter personal

11.1 Snappet guardará confidencialidad sobre la información que le faciliten El Colegio o los Usuarios durante la ejecución del presente Acuerdo que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal y dentro de los límites que la ley establezca. Esta obligación de confidencialidad no obsta a que, en la medida que esto sea necesario y posible, El Colegio pueda acceder a toda la información que los Usuarios que haya dado de alta almacenen en la aplicación de Snappet y en la plataforma de Snappet.

11.2 El Colegio guardará confidencialidad respecto de los datos e informaciones (técnicas o financieras) a las que tenga acceso respecto de Snappet en virtud del presente Acuerdo.

11.3 Para el caso que Snappet tenga acceso a datos de carácter personal en el marco del desarrollo de los servicios prestados y que le puedan proporcionar El Colegio o los Usuarios, las partes se someten a lo estipulado al respecto en el Acuerdo de Tratamiento de Datos de Carácter Personal, que forma parte del Acuerdo entre El Colegio y Snappet.

Artículo 12. Miscelánea

12.1 Este Acuerdo contiene todos los pactos existentes entre las partes. En caso de pactar las partes adiciones o modificaciones del mismo, deberán hacerse constar por escrito.

12.2 Las comunicaciones que las partes deban hacerse en el marco de este Acuerdo y se dirigirán por parte de Snappet a la dirección postal o de correo electrónico que El Colegio haya hecho constar en el formulario de pedido de la página web de Snappet y, por parte de El Colegio, a Snappet:

C/ Velázquez, 9, 1º Izda. (28001) Madrid
Comunicaciones, soporte@snappet.org, tel. +91 489 66 94

12.3 En caso de que cualquier pacto del presente Acuerdo sea declarado nulo, los demás pactos seguirán vigentes y se interpretarán teniendo en cuenta la voluntad de las partes y la finalidad misma del presente Acuerdo.

12.4 El presente Acuerdo se regirá por el Derecho español.

Madrid, junio 2023